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Noviembre 26, 2022

La transición a IPP: Las barreras a la competencia que detecta la industria de las AFP en la Reforma Previsional

Ex-Ante

En la industria de las AFP se mueven entre el “casi imposible” y el “imposible” a secas cuando evalúan si podrán competir con el Estado tal como lo propone la Reforma Previsional de Boric.


DL 3.500. El artículo 52º del proyecto de ley de Reforma Previsional, ingresado este mes a tramitación legislativa, dice: “Derógase el decreto ley Nº 3.500, de 1980“. La frase representa un hito ideológico para el gobierno, pues implica la eliminación del decreto que creó el sistema de AFP.

  • El diseño sin AFP involucra la introducción de un nuevo componente estilo reparto y de transferencias entre trabajadores. Por eso el eslogan impulsado por el Ejecutivo en sus gráficas y redes sociales es “Sistema Mixto“.
  • En el sector privado precisamente observan que el orden de los factores está errado: en vez de enfatizar que el objetivo es subir las pensiones, la iniciativa del gobierno se quedó con el relato de “No Más AFP”, acusan. El problema -acotan de inmediato- es que, independientemente de que las AFP tiene una baja valoración pública, los afiliados ya comprobaron la eficiencia de la industria en los tres retiros previsionales y en el procesamiento de datos para la entrega de la PGU.

IPP. “Las AFP, en esta reforma, se terminan. Existirán nuevos gestores de inversión privados con el objeto exclusivo de invertir fondos previsionales y, además, existirá una alternativa pública, lo que permitirá promover la competencia con la entrada de nuevos actores”, expresó el Presidente Gabriel Boric al anunciar la iniciativa, el 2 de noviembre.

  • A los gestores privados se les llama Inversores de Pensiones Privados (IPP), y al ente estatal, Inversor de Pensiones Público y Autónomo (IPPA). “Tanto el IPPA como el IPP van a tener las mismas condiciones”, dijo a Ex-Ante el 11 de noviembre la subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza. “Son iguales condiciones para el IPPA y los IPP. Nada será distinto en términos de responder a la regulación, los objetivos”, agregó.
  • Dado el diseño de la reforma, el Gobierno plantea que las actuales AFP podrán convertirse en IPP. La diferencia es que ya no tendrán oficinas de atención al público, ni gestión de cuentas ni soporte. En definitiva, serán reducidas a oficinas de inversión, sin contacto con el público. Las funciones de soporte estarán en otro ente estatal, el Administrador Previsional Autónomo (APA), un continuador del IPS.

Competencia. En la industria de AFP describen que el proyecto de ley tiene una serie de elementos que impiden la promoción de la competencia de la que habló el Presidente. Por el contrario, aseguran que el articulado pavimenta el camino para que el Estado se termine convirtiendo en un actor monopólico.

  • Algunos dicen que la transformación desde AFP a IPP es “imposible”. Otros anteponen un “casi”, porque sostienen que aún faltan datos para tomar una decisión final. La lista de elementos que las AFP mencionan como barreras a la competencia es extensa. Algunas de ellas son las siguientes:

Comisión directa. La ley determina que las personas paguen de su sueldo mensual la comisión para que las AFP administren sus ahorros por el 10% de cotización obligatoria. Las siete AFP cobran comisiones que van desde 0,58% a 1,45%.

  • El Gobierno ha planteado que, si el nuevo APA cumple las funciones de soporte de todo el sistema, se generaría una economía de escala suficiente como para reducir la comisión que tanto los IPP como el IPPA podrían cobrar. Sería tal el nivel de eficiencia que incluso la cotización para la cuenta de capitalización individual podría subir a 10,5% y aún así quedaría un remanente para subir el sueldo líquido. En la industria aseguran que no son evidentes las economías de escala.
  • Pero hay dos cuestiones más: en primer lugar, plantean, el IPPA podría cobrar una comisión baja porque nace subsidiado por el propio Estado. Ese puro elemento invoca una causal de competencia desleal.
  • Y en segundo lugar, la reforma modifica el cobro de la comisión: pasa desde el flujo al saldo. Es decir, los IPP y el IPPA se financiarían directamente desde el fondo del trabajador en vez del sueldo. Para compensar a las personas que durante su vida laboral pagaron sus comisiones, la reforma propone “descuentos” según décadas de nacimiento. Para la industria, las chances de que ingresen IPP nuevos es baja, pues cobrar por saldo en afiliados con escaso ahorro es complicado. Y si un nuevo IPP busca hacerse de una cartera de una actual AFP, se enfrentarán a que los afiliados con más ahorros tendrán un amplio descuento en sus comisiones por saldo.

Comisiones indirectas. El Presidente Boric habló de “las comisiones fantasmas que hoy cobran las AFP”. No obstante, se trata de cobros regulados por el propio Estado a través de la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). En forma trimestral se publican sus detalles por AFP.

  • La Reforma Previsional elimina esas comisiones, que ahora pasarían a ser absorbidas por los IPP e IPPA (solo se deja límite para los activos alternativos, de hasta 0,1% de todos los activos). Dos académicos especialistas en finanzas cuestionan la eliminación: no habrá un pago “desconocido”, pero la consecuencia será un menor margen neto para los afiliados, afirman.

Rentabilidad. La manera en que las AFP pueden reflejar su trabajo como inversionista es mediante la rentabilidad de los fondos. Sin embargo, la reforma indica que los IPP “solo podrán realizar publicidad respecto a la rentabilidad, costo y servicio de la gestión de inversiones de los Fondos Generacionales“. Es decir, un IPP continuador de una AFP no podría indicar cómo alcanzó a gestionar los multifondos hoy en aplicación; como el IPPA no tendrá historial al respecto, le conviene ese “reseteo”, apuntan en la industria.

Ventas. La propuesta del Ejecutivo impide que los IPP tengan fuerzas de venta que promocionen su negocio. Tampoco podrían ofrecer asesoría a los afiliados, como hoy. La calidad del servicio, que hoy tiene mediciones, bloquea otra forma de competencia para los IPP, sostienen entre actuales AFP.

Normativa. La compilación de normas de carácter general que deba realizar el regulador abre una fuente de incertidumbre adicional, dicen en la industria. El punto es que se ignora qué nuevas características tendrá un sistema que, en la práctica, “parte de cero”, afirman.

Plazos. El proyecto de ley da un plazo de dos años para que las AFP se constituyan en un IPP o se disuelvan definitivamente como sociedades anónimas. Dada la envergadura del negocio, de la normativa en construcción y de los costos asociados a levantar una nueva infraestructura financiera, en la industria usan la analogía del “Transantiago” para advertir que los tiempos no dan. El problema, enfatiza uno de los actores consultados, es que si el nuevo IPS ha tenido dificultades en los pagos de la PGU, como APA podría enfrentar serias dificultades para pagar las pensiones de las desaparecidas AFP.

IPPA. El inversor público partirá con un préstamo del Estado y será regulado por el mismo Estado, critican en la industria. El subsecretario de Previsión Social, Christian Larraín, aseguró a Ex-Ante el 18 de noviembre que “el IPPA estará 100% blindado. Diría que el blindaje del IPPA es más estricto que el del Banco Central”. Sin embargo, en la industria retrucan que en la actual propuesta ese IPPA no tiene una autonomía con rango constitucional, como sí lo tenía el proyecto de Michelle Bachelet en 2017.

  • A esas ventajas, se agrega que el IPPA tendrá la gestión exclusiva del 6% extra de cotización, con cargo al empleador, que se destinará al financiamiento del Seguro Social.

Reconsideración. En general, en la industria evalúan que el proyecto, como está, hace inviable el negocio y perjudica a los trabajadores. Al mismo tiempo, plantean que Mario Marcel está jugando con el “tejo pasado” con que ya lo tienen perfilado.

  • Con todo, subrayan que competir con una “AFP” estatal (mismas condiciones y reglas) en vez de un ente público estilo IPPA “sería legítimo”. Asimismo, piensan que el plazo para los cambios de una reforma deberían ser mayor; que el 6% extra debe incluir competencia privada para empujar una mayor rentabilidad de los ahorros personales, y que cambios de comisiones (de flujo a saldo) y fondos (desde multifondos a generacionales) requieren una transición “más estudiada”.

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