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Septiembre 14, 2023

La condena previa del prófugo beneficiado con pensión de gracia por el 18-O que Monsalve dijo que no tenía antecedentes penales

Jorge Poblete
El subsecretario Manuel Monsalve el 4 de septiembre en La Moneda. (Sebastián Beltrán / Agencia Uno)

El 23 de junio del año pasado, la jueza Elizabeth Melero del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago emitió una orden de detención en contra de Juan Francisco Villalobos Prado, por el delito de estafa. El 7 de septiembre —casi 3 meses más tarde y cuando era buscado por la policía— el gobierno emitió el decreto que le otorgó una pensión de gracia en el marco del 18-O. En 2008 había sido condenado a pagar una multa por un hurto realizado en un supermercado de Puente Alto, según se lee en la sentencia. El subsecretario Monsalve dijo este jueves que no tenía antecedentes penales.


Qué observar. El subsecretario del Interior Manuel Monsalve abordó este jueves la controversia generada por las pensiones de gracia en el marco del 18-O otorgadas a personas con antecedentes penales.

  • Ésta se inició luego de que el miércoles revelara a la comisión investigadora de las pensiones de gracia por violaciones a los derechos humanos durante el estallido social que, del total de 418 beneficiados, 40 tenían antecedentes penales. Se trataba de 23 favorecidos durante el gobierno del Presidente Gabriel Boric y 17 en la gestión del expresidente Sebastián Piñera.
  • Tras esto, Ex-Ante publicó ese día que entre los beneficiados con la pensión de gracia durante la actual administración estaba Juan Francisco Villalobos Prado, 37, quien al recibir el beneficio se encontraba con una orden de detención vigente por estafa.
  • Al respecto, Monsalve dijo este jueves desde La Moneda que “él fue citado a una audiencia para formalización por el eventual delito de estafa, no se presentó a la audiencia y, por lo tanto, fue declarado en rebeldía y se ordenó su detención. Por lo tanto, en términos estrictos, no tiene antecedentes penales”.
  • En su afirmación, el subsecretario aludió a 2 causas diferentes; una de 2008 y otra de 2019. A continuación, los detalles.

La orden de detención. El 5 de julio de 2019 el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago abrió una causa en contra de Villalobos Prado como presunto autor de una estafa cometida el 6 de marzo de 2019 en calle Pedro Fontova de Conchalí.

  • Se fijaron sucesivas horas para la formalización de cargos, pero el imputado no apareció en su domicilio de La Florida.
  • El 23 de junio de 2022, la jueza Elizabeth Melero del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago emitió una orden de detención en su contra, dirigida a la Policía de Investigaciones.
  • En ésta se instruía que fuera conducido al tribunal para comparecer en la causa por estafa y otras defraudaciones contra particulares.
  • El 18 de agosto de 2022 la jueza Carolina Reyes consignó que “atendido el mérito del Informe N°03793 de la Bicrim La Florida, informando el resultado negativo de la orden de detención despachada contra Juan Francisco Villalobos Prado y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 99 letra a) del Código Procesal Penal, se le declara rebelde en la causa”.
  • También se decretó el sobreseimiento temporal del caso, hasta que fuera encontrado.
  • En 2019 ya se habían archivado provisionalmente 2 causas por estafa abiertas en su contra.

Su condena previa por hurto. El 26 de marzo de 2008, la jueza Katia Valenzuela del juzgado de Garantía de Puente Alto condenó a Villalobos Prado a una pena de multa por el delito de hurto. De acuerdo con el relato de la fiscalía, en febrero de ese año había robado especies desde un supermercado de esa comuna al sur de Santiago.

  • “Se condena a Juan Francisco Villalobos Prado, ya individualizado, como autor de la falta contemplada en el artículo 494 bis del Código Penal, al pago de la suma única de Una Unidad Tributaria Mensual, que deberá enterar según su valor a la época de pago, por concepto de multa. Se deja constancia que al día de hoy la UTM asciende a $34.668 pesos, sin costas atendido la naturaleza del procedimiento aplicable en la especie”, dijo la sentencia.

Lea la condena por hurto:

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