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Noviembre 15, 2024

Lea el detalle íntegro de la formalización contra Monsalve dictada por el fiscal Armendáriz

Ex-Ante

El fiscal Xavier Armendáriz circunscribió a dos delitos la formalización del exsubsecretario del Interior: violación consumada de mayor de edad -por los hechos que habrían ocurrido la noche del 22 de septiembre en la habitación 719 del hotel Panamericano- y autor de abuso sexual -por hechos que habrían ocurrido la mañana del 23 de septiembre en el mismo lugar. A continuación lo que dijo el fiscal en la audiencia.


En la audiencia de formalización el jefe de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, Xavier Armendáriz, detalló los dos delitos que se le imputan al exsubsecretario del Interior Manuel Monsalve:

“Al momento de los hechos, era una alta autoridad pública, toda vez que ejercía el cargo de subsecretario del Interior, conforme al Decreto Nº 50, de 13 de marzo del 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial el 11 de marzo del 2022, cargo que ejerció hasta el 17 de octubre del 2024, por haberse aceptado su renuncia aquel, conforme a la cuenta del Decreto Nº 326 del mismo Ministerio”.

“Asimismo, dado que la víctima, mayor de edad de iniciales CBLP, al momento de los hechos, realizaba la obra de asesoría en el Gabinete de Subsecretarios de la Subsecretaría del Interior, según consta el Convenio a Honorario, a suma alzada el 1 de enero del 2024, el imputado se desempeñaba entonces como superior jerárquico de ella”, dijo.

Hecho número 1.

“El día 22 de septiembre del 2024, aproximadamente a las 18 horas, el imputado Manuel Zacarías Monsalve Benavides se reunió con la víctima, iniciales ya señaladas, con quienes concurrieron al Restaurante Ají Seco Místico, ubicado calle Enrique Mac-Iver del número 366, en la Comuna de Santiago, lugar en que consumieron alimentos y alcohol”.

“Horas más tarde, encontrándose la víctima gravemente afectada por la alta ingesta de alcohol, fue conducida por el imputado al interior de la habitación número 719 del Hotel Panamericano, ubicado en Pasaje Rosa Rodríguez, número 1314, en la Comuna de Santiago, que correspondía a su lugar de residencia, donde en horas indeterminadas de la madrugada del día 23 de septiembre, el imputado Monsalve Benavides accedió carnalmente, introduciendo su pene por vía vaginal a la víctima, iniciales señaladas, valiéndose que ésta se encontraba privada de sentido e incapacitada para oponerse producto de la alta ingesta de alcohol”.

“Estos hechos, calificación jurídica, participación y grado de desarrollo. Se trata de un delito de violación de mayor de edad ilícito previsto y sancionado en el artículo 361, numeral segundo del Código Penal, con una participación en calidad autor acorde a lo establecido en el artículo 15, número 1, del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo consumado”.

Hecho número 2.

“El 23 de septiembre del 2024, en horas indeterminadas de la mañana, en el interior de la misma habitación, número 719 del Hotel Panamericano, ubicado en Pasaje Rosa Rodríguez, número 1314, en la Comuna de Santiago, la víctima, iniciales ya señaladas, despertó en la cama de tal habitación, desnuda en la mitad inferior de su cuerpo, vestida solo con un chaleco sin mangas, mareada y con fuerte dolor en su vagina y cabeza, desorientada en tiempo y espacio, sin poder recordar lo sucedido en las horas previas, notando manchas de vómito y sangre tanto en ella como en las sábanas de la cama, dándose cuenta que a su lado yacía acostado, también desnudo, el imputado Manuel Zacarías Monsalve, quien se acercó a la víctima y valiéndose el estado de estupefacción y confusión en que se encontraba, producto de la fuerza impresión que le causó despertar en estas circunstancias y sin mediar consentimiento alguno, realizó actos de significación y relevancia sexual en contra de ésta, consistente de subirse encima de la afectada y frotar su pene contra su vagina, aprovechándose de que la víctima estaba incapacitada para oponerse atendido el señalado estado de estupefacción y confusión en que se encontraba”.

“Calificación jurídica, participación y grado de desarrollo, delito de abuso sexual de mayor de 14 años, ilícito previsto y sancionado en el artículo 366, inciso primero, en relación con el numeral segundo del artículo 361, ambos del Código Penal. Participación en cálida autor acorde con lo establecido en el artículo 15, número 1, del mismo Código, y grado de desarrollo consumado. Hasta ahí la formalización”.

Le puede interesar. La audiencia de formalización de Manuel Monsalve

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