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Diciembre 17, 2024

El informe final que elaboró la Comisión Técnica de Pensiones para el Gobierno y el Senado

Jaime Troncoso R.

El Segundo Informe de la Comisión Técnica de Pensiones convocada por la comisión de Trabajo del Senado aborda dos temas centrales de la reforma de pensiones: el diseño de nuevos beneficios y los mecanismos para aumentar la competencia en la industria del ahorro obligatorio. Los beneficios analizados incluyen la garantía, el bono tabla y el bono de cuidados. En el documento se dejan explícitos algunos desacuerdos entre los integrantes del Comité.


Qué observar. Tras el primer informe presentado el 8 de julio, los ministerios del Trabajo y Hacienda, junto a la Comisión de Trabajo del Senado, pidieron profundizar en dos temas centrales de la reforma de pensiones: el diseño de los nuevos beneficios propuestos y los mecanismos para aumentar la competencia en comisiones en la industria del ahorro obligatorio, analizando la licitación de afiliados antiguos como un mecanismo para lograr aquello.

La Comisión Técnica abordó los siguientes temas, que aparecen en el informe de la siguiente manera:

  • ​La garantía que es un beneficio de 0,1 UF por año cotizado para pensionados de 65 años o más, mientras que el bono tabla busca igualar las pensiones de hombres y mujeres con el mismo ahorro.
  • ​El bono de cuidados registra cotizaciones para quienes realizan labores de cuidado no remuneradas.
  • Además, proponen cambios en la licitación de afiliados para mejorar la competencia entre las AFP.
  • El informe dejó fuera aspectos no mandatados, como la edad de jubilación y el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), temas que los comisionados consideraron relevantes para una reforma estructural. Asimismo, señalaron que la reforma debe centrarse en el pilar contributivo, excluyendo efectos coyunturales como los retiros de fondos.

Nuevos beneficios: garantía, bono tabla y bono cuidados.  La Comisión evaluó tres beneficios contributivos:

  1. Garantía: Un beneficio de 0,1 UF por año cotizado para pensionados mayores de 65 años, que busca incentivar la formalización laboral. Se debatieron dos propuestas:
    • Propuesta 1: 20 años cotizados para hombres y 15 para mujeres, ajustándose a 20 años en 2034 (proyección: 1,27 millones de beneficiarios anuales).
    • Propuesta 2: Un mínimo de 5 años para hombres y mujeres, aumentando a 10 en 2034 (proyección: 1,85 millones de beneficiarios anuales).
  2. Bono tabla: Complemento para equiparar las pensiones de mujeres respecto a las de hombres del mismo grupo familiar y nivel de ahorro.
  3. Bono cuidados: Beneficio que registra cotizaciones hasta 24 meses para personas entre 18 y 65 años que realizan labores de cuidado no remuneradas. Este punto generó disenso entre los comisionados.

Licitación de afiliados: En este contexto, la licitación de afiliados antiguos fue central en la discusión. La Comisión Técnica propuso perfeccionar su diseño, sugiriendo:

  • Aumentar la frecuencia de la licitación.
  • Ajustar el tamaño del grupo licitado.
  • Establecer un esquema de premios y castigos ligado al desempeño de los fondos.
  • Modificar el momento en que se informa a los afiliados seleccionados.

Además, se abordaron desafíos relacionados con el traspaso de activos alternativos entre gestores previsionales producto de la licitación. Algunos comisionados manifestaron preocupación por un posible impacto negativo en las decisiones de inversión, lo que podría traducirse en menores rentabilidades.

Integrantes. La Comisión Técnica de Pensiones que estuvo compuesta por Paula Benavides, Cecilia Cifuentes, Hermes Gutiérrez, Soledad Hormazábal, Juan Pablo Letelier y María José Zaldívar en representación de los senadores de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.

  • Fue coordinada por Cristóbal Huneeus, asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en colaboración con Leonardo González de la Dirección de Presupuestos, Ximena Quintanilla, Úrsula Schwarzhaupt y Natalia Arena de la Superintendencia de Pensiones y Rodolfo Márquez del Ministerio de Hacienda.

Análisis del sistema en régimen. El Comité estimó que en régimen, es decir, extinguidos los aportes reembolsables, se proyecta que la parte de la cotización del 6% que representa un 5,5% de las remuneraciones y rentas imponibles se destinará a la cuenta de capitalización individual de los trabajadores y la que representa un 0,5%, a financiar los bonos tabla y eventualmente el de cuidados.

  • Algunos comisionados no están de acuerdo con esta distribución y proponen, en cambio, una distribución en régimen de 5% a las cuentas de capitalización individual y 1% permanente al financiamiento de los beneficios del Seguro, con el respectivo impacto en el régimen transitorio, a fin de asegurar la sostenibilidad y resiliencia del Fondo de Seguro Social, así como mantener controlados los aportes fiscales al Fondo, considerando los costos asociados a sus beneficios, de acuerdo a las tablas que se expondrán más adelante.
  • Dado que el Fondo del Seguro Social se sustenta con cotizaciones y aportes fiscales, el financiamiento permanente es relevante, puesto que, con un menor ingreso por cotizaciones y manteniéndose todo lo demás constante, el aporte fiscal al Fondo será mayor necesariamente.
  • Este informe presenta dos alternativas respecto al umbral de años cotizados para acceder a la garantía, que reflejan las diferencias entre los comisionados sobre la materia. Asimismo, se analiza el impacto de ambas opciones en las tasas de reemplazo y en el gasto fiscal.

Transición y régimen del aporte reembolsable. La transición del aporte reembolsable que se simula a continuación abarca un período de 40 años, con un escenario alternativo de 30 años, señala el informe.

  • Durante los primeros 20 años de vigencia de la ley, del total de la cotización del 6% del empleador, 3,5 puntos serán asignados a la cuenta de capitalización individual del trabajador, con solidaridad intrageneracional; 0,5 puntos, al financiamiento de los bonos tabla y de cuidado; y hasta un total de 2 puntos, al aporte reembolsable.
  • Transcurridos los primeros 20 años, la tasa de cotización destinada al aporte reembolsable disminuirá gradualmente hasta llegar al 0% en el año 40 desde la vigencia de la ley, mientras que la tasa de cotización a la cuenta de capitalización individual aumentará proporcionalmente.
  • Una vez concluida la transición, 5,5 puntos de la cotización del empleador se destinarán a la cuenta de capitalización individual del trabajador y los 0,5 puntos restantes, al Fondo del Seguro Social, para financiar los bonos tabla y de cuidados.
  • Los trabajadores que efectuaron los aportes reembolsables al Fondo del Seguro Social, con cargo a la cotización del 6% del empleador, y se jubilen a partir del año 41 de la transición, no recibirán la garantía. En su lugar, el Fondo les devolverá el aporte efectuado durante la transición más la tasa de interés acumulada. Estos trabajadores además tendrán derecho a los bonos tabla y de cuidados si cumplen con los requisitos de elegibilidad.

 

Lea el informe de la Comisión Técnica:

Informe Final 20241217 Vf by Contacto Ex-Ante

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