Qué observar. Este jueves se está realizando la audiencia de revisión del cuaderno de remoción de la ministra Ángela Vivanco, acusada de presuntas irregularidades dadas a conocer en los chats que mantuvo entre marzo de 2018 y noviembre de 2023 con el abogado Luis Hermosilla, quien actualmente está en prisión preventiva.
La audiencia. A las 09:01, el presidente del máximo tribunal, Ricardo Blanco, dio por iniciada la audiencia. La primera en tomar la palabra fue la relatora Iara Barrios, quien detalló los hechos por los que se inició el proceso contra Vivanco.
Tensión en el pleno. La jornada partió con la solicitud de inhabilidad de la defensa de Blanco, además de Andrea Muñoz, Gloria Ana Chevesich, Mario Carroza, María Cristina Gajardo y Adelita Ravanales.
Qué dijo la defensa. Osorio indicó que se trataba de “un día histórico porque la venda y la balanza se encuentra en crisis” y porque “veremos cómo los jueces se juzgan a sí mismos”.
1- Los chats de Hermosilla. Puso en duda la legitimidad de las pruebas que se presentaron durante el proceso de remoción, señalando que el Fiscal Nacional Ángel Valencia . Al respecto, aseguró que el Fiscal Nacional Ángel Valencia sólo hizo llegar un “collage de WhatsApps” de Vivanco con Hermosilla. “Es una extracción parcial, porque no están todos los WhatsApps”.
2. Medio de prueba. Afirmó que estas conversaciones se obtuvieron por “una vulneración de base de datos”, lo que transformaría en ilícito utilizarlos como prueba. “Estos antecedentes son ilegales. Los de medios de comunicación no se pueden usar en la sentencia”.
3. Prescripción. “Los cargos no cumplen con la debida precisión y están prescritos”, indicó Cristóbal Osorio. Uno de sus ejemplos fue la presunta interferencia de Vivanco en la designación del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar.
4. Designación de Fiscal Nacional. Osorio indicó que la Comisión de Ética acreditó que no existieron acciones por parte de Vivanco para influir en la designación del nuevo fiscal nacional en 2022 y afirmó que si quien intervino fue su pareja, “la responsabilidad por el hecho ajeno no existe en un proceso de remoción”. “Creer que la ministra Ángela Vivanco es cuidadora de su pareja es un discurso que no se puede usar en la Corte Suprema”, indicó.
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