Esta semana, el Senado finalmente aprobó de forma transversal el primer trámite constitucional del proyecto de ley que regula el uso de agua de mar para desalinización. Mientras tanto, la realidad avanza más rápido que la regulación.
Antofagasta abastece hoy al cien por ciento de sus 500.000 habitantes con agua de mar desalinizada gracias a la expansión de una planta construida en 2003. En Atacama una planta en Caldera entrega agua potable a las comunas de Copiapó, Chañaral, Caldera y Tierra Amarilla, y otra iniciativa concesionada pretende proveer a Coquimbo y La Serena. Además, cerca de 70% de las 24 plantas existentes abastece a la minería, liberando aguas continentales para otros usos.
Estas cifras demuestran que la desalación dejó de ser una rareza tecnológica transformándola en un instrumento de seguridad hídrica; el Ministerio de Obras Públicas proyecta que hacia el final de la década buena parte de las ciudades del norte dependerá parcial o totalmente de este recurso.
Chile no está solo en este camino. Israel, uno de los países con mayor escasez hídrica, cubre casi la mitad de sus necesidades con plantas de reciclaje y ósmosis inversa. Australia respondió a la sequía del siglo XXI con un programa de plantas de reúso y 6 desaladoras. Y España suma más de 765 instalaciones. El mensaje es claro: cuando la brecha entre oferta y demanda se amplía, desarrollar nuevas fuentes deja de ser opcional.
El proyecto de ley, que ahora pasa al segundo trámite, adopta esa lógica al establecer una Estrategia Nacional de Desalinización y un régimen de concesiones. Contempla autorizaciones de hasta 30 años para extraer y desalinizar agua de mar con una renovación adicional, reserva hasta un 5% de la producción para consumo humano y encarga a la Dirección General de Aguas elaborar los criterios técnicos y supervisar su cumplimiento. Asimismo, crea las servidumbres para los acueductos e instalaciones, buscando dar certeza a inversionistas y comunidades.
Sin embargo, la propuesta todavía arrastra algunos lastres que podrían obstaculizar la inversión en esta nueva infraestructura hídrica. La limitación de solo una renovación obliga a retirar las instalaciones al término de la concesión, como si una planta desaladora fuera un muelle temporal; no existen distinciones entre infraestructuras industriales de gran envergadura y pequeños proyectos sanitarios rurales, y no resuelve con claridad la aplicabilidad del nuevo régimen para las instalaciones existentes.
Lo realizado por el Senado es muy positivo: en tiempos de polarización, legitima en el amplio espectro político la desalación como política pública, organiza las servidumbres y define obligaciones de aporte a las comunidades. Con unos pocos ajustes en la Cámara de Diputados, la norma se convertirá en un verdadero catalizador para la inversión en la seguridad hídrica del país. Aprender de países que ya integraron fuentes no convencionales de agua a su matriz hídrica permitirá que la desalación sea una herramienta efectiva para reducir nuestra brecha hídrica sin que los permisos tarden más que las sequías
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