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Enero 3, 2024

Pensiones de gracia: Las dudas jurídicas de La Moneda para revocar el beneficio

Alexandra Chechilnitzky
Créditos: Agencia Uno.

Este viernes está contemplado que el Ejecutivo ingrese indicaciones a proyectos de ley de pensiones de gracia para que en el futuro se deban revisar los antecedentes penales antes de otorgar el beneficio. Según fuentes de gobierno, la idea es poder revocar los decretos que entregan dichas pensiones a quienes han sido condenados. Pero si esto se puede efectuar o no, explicitó el ministro (s) Manuel Monsalve, “va a depender de cómo salga la ley del Congreso. Eso es algo debatible desde el punto de vista legislativo, normalmente las leyes no tienen efecto retroactivo”.


Qué observar. Para este viernes el Gobierno tiene contemplado ingresar dos indicaciones a los proyectos de ley de pensiones de gracia que están en la Cámara de Diputadas y Diputados. La idea, como lo ha dicho anteriormente el ministro (s) Manuel Monsalve, es que en un futuro, cuando se entregue este tipo de beneficios, se deban revisar los antecedentes penales.

  • Pero más importante aún es la indicación que busca poder revocar los beneficios.
  • El anuncio fue realizado por la ministra Carolina Tohá el 20 de diciembre luego de que Ex-Ante publicara que un pensionado que se encuentra prófugo de la justicia ha cobrado más de $5 millones.

Las dos visiones del Gobierno. En el Ejecutivo no existe una única visión respecto de lo que se puede hacer o no en la actualidad con las pensiones de gracia que fueron otorgadas a personas que tienen antecedentes penales. A finales de septiembre, Monsalve señaló que “la facultad para entregar las pensiones de gracia están reguladas en la Constitución de la República, es una facultad exclusiva del Presidente de la República, y sí, si el Presidente lo estima pertinente podría revocar el beneficio”.

  • Pero el 4 de octubre la ministra Tohá señaló en la comisión investigadora que una de las condiciones de las pensiones de gracia “es que no se puede revertir el acto administrativo, salvo que dejen de estar presentes las condiciones que lo motivaron”.
  • En ese momento Tohá planteó que con Monsalve “no tenemos ningún criterio distinto”.
  • Sin embargo, quienes han tenido conocimiento de las conversaciones que han existido en La Moneda señalan que sí hay diferencias respecto de si el Presidente Boric puede o no revertir los decretos sin un proyecto de ley. Y ante esa diferencia, primó la visión de que no se puede.

Incerteza. El problema ahora para el Gobierno eso sí, es otro: Al interior del Ejecutivo reconocen que las leyes no tienen efectos retroactivos, es decir, no pueden utilizarse para casos que ya ocurrieron.

  • Este miércoles, al ser consultado el ministro (s) Monsalve sobre este punto señaló que “eso va a depender de cómo salga la ley del Congreso. Eso es algo debatible desde el punto de vista legislativo, normalmente las leyes no tienen efecto retroactivo”.

Conclusiones finales. En paralelo, la Comisión Especial Investigadora de las pensiones de gracia aprobó este miércoles las conclusiones finales. La instancia tuvo que volver a sesionar luego de que a mediados de noviembre aprobaran el informe de la oposición y del oficialismo, generando discordantes conclusiones.

  • De ahí que este miércoles el informe aprobado por 8 votos a favor y 5 en contra fue el de la oposición.
  • A favor estuvieron Andrés Longton (RN), Hugo Rey (RN), Víctor Pino (Avancemos Chile), Andrés Jouannet (Amarillos), Jorge Alessandri (UDI), Joanna Pérez (Demócratas) y Henry Leal (UDI). Votaron en contra Tomás de Rementería (PS), Gael Yeomans (Convergencia Social), Claudia Mix (Comunes), Boris Barrera (PC) y Cristian Tapia (ind. PPD).
  • En el informe aprobado se recomienda al Gobierno “hacer seguimiento de la situación de beneficiarios con lesiones leves a fin de revisar la evolución de las condiciones físicas que justificaron el otorgamiento del beneficio y, en definitiva, verificar si todavía persisten esas afectaciones, en el marco de un procedimiento especial realizado por un órgano técnico en materia de salud, como la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN)”.
  • También recomiendan “reevaluar el mérito de las pensiones otorgadas a personas con antecedentes penales, así como revocar el beneficio si se llegare a detectar la mejora física de beneficiarios con lesiones leves, considerando que las pensiones -según los decretos que las concedieron- se pagarán de manera vitalicia y se mantendrán vigentes mientras subsistan las condiciones que motivaron su otorgamiento”.

Solicitud de información. También durante este miércoles, la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 71 votos a favor, 39 en contra y 1 abstención una solicitud al Presidente Boric realizada por la bancada de RN, encabezada por Frank Sauerbaum. En ella requieren los decretos o resoluciones por los que se concedieron pensiones en base a la acreditación del INDH, los informes de este último organismo y el listado en donde se individualice cada uno de los 418 casos con “la circunstancias de poseer el beneficiario antecedentes penales a la fecha de recepción de la presente solicitud”.

Los 5 condenados del 18-O con pensión de gracia. En total se han otorgado 418 pensiones de gracia: 148 durante la administración del expresidente Sebastián Piñera y 270 en el gobierno del Presidente Gabriel Boric —que incorporó a Juan Francisco Villalobos Prado, quien recibió el beneficio estando prófugo por estafa. De ellos hay 41 con antecedentes penales: 24 favorecidos durante este gobierno y 17 en el pasado. Hasta ahora, hay detalles de 5 casos de condenados por delitos en el contexto del 18-O, además de Juan Francisco Villalobos Prado, quien fue beneficiado cuando tenía una orden de detención por estafa, por la que sigue prófugo.

  1. Andrés Fuica Fuica: fue condenado por robar un supermercado saqueado en Viña del Mar, el 22 de octubre de 2019. Su pensión se remonta a un parte policial que lo incluyó entre los heridos por perdigones en la Plaza Sucre, ubicada a 4 cuadras del supermercado, pero la sentencia del tribunal que condenó a 2 carabineros por el caso, lo excluyó de la lista.
  2. Gabriel Allende Torres: fue condenado por lanzar una molotov a Carabineros en Curacaví, el 21 de octubre de 2019. Su pensión se origina en una querella del INDH por sus heridas con perdigones. La fiscalía formuló cargos contra un sargento de Carabineros.
  3. Adán Castro Cifuentes: fue condenado por 2 delitos de maltrato de obra a Carabineros tras golpear a un cabo y a un sargento en un control de detención en Villarrica, el 21 de octubre de 2019. Al cabo lo pateó en la cabeza cuando estaba en el suelo, dijo su sentencia. Su pensión nace de que, al ser detenido, recibió golpes que le provocaron “erosiones y contusiones en zona maxilo-mandibular derecha y erosiones en dorso de las manos”, dijo la formalización por apremios ilegítimos en contra del sargento. El tribunal y la Corte de Apelaciones de Temuco rechazaron dejar al policía con medidas cautelares.
  4. Eliseo Carrera Espinoza: fue condenado por apedrear un carro de Carabineros en Iquique, el 9 de diciembre de 2019. Su pensión se origina en que durante una protesta ocurrida el 3 de enero de 2020 resultó con una fractura expuesta de muñeca al recibir un tiro con una escopeta que lanzaba bombas lacrimógenas.
  5. Jonathan Parra Rebolledo: Al recibir la pensión llevaba más de 2 años condenado por quemar una caseta de Carabineros, ubicada en la Plaza de Armas de Talca, el 19 de octubre de 2019. Fue sentenciado en un procedimiento abreviado, donde aceptó los hechos descritos por la fiscalía.

Lea aquí el informe completo de la Comisión Especial Investigadora:

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