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Febrero 17, 2023

El efecto mariposa en los impuestos. Por José María Diez

Socio de Recabarren & Asociados

Tal como el aleteo de una mariposa en Chile podría producir un ciclón en Malasia, así cambios normativos en materia tributaria generan movimientos que favorecen a algunos y perjudican a otros. En materia de IVA está claro que se afectó la neutralidad tributaria.


El año 2004 se estrenó la taquillera película “Efecto Mariposa”, protagonizada por Ashton Kutcher. En ella, el personaje principal está dotado de un raro talento: en posesión de ciertos recuerdos (dibujos o escritos) puede remontarse al pasado y modificar ciertos hechos. Como consecuencia de ello, se producen cambios abismantes en el presente. Pequeños hechos, pequeñas modificaciones, provocan alteraciones gigantes que ponen al protagonista en más de un entuerto. En la oscura película alemana “Corre, Lola, corre“, la protagonista se enfrenta a tres futuros posibles por medio de leves interacciones con diversas personas, mientras Lola, valga la redundancia, corre. A través de imágenes proyectadas con rapidez, vamos viendo los distintos futuros alternativos en cada una de las carreras de Lola, que modifican los futuros de cada uno de los personajes de la película.

En materia legislativa, ya lo saben bien los constitucionalistas, el cambio o inclusión de una palabra tiene efectos importantes . Como la hebra de una telaraña, las ondas se van expandiendo de manera exponencial. Palabras como autonomía, pueblos, territorios, plurinacional e intercultural no son conceptos acotados, sino que tienen un alcance jurídico amplio que va traspasando la institucionalidad del Estado y con potencial de evolucionar dinámicamente en el futuro. Más aún, existe toda una institucionalidad que se puede crear a través de un sencillo concepto, tal como “Estado social”.

En materia tributaria, la situación no es menor.

Tomemos el caso del IVA a los servicios profesionales. Bastó que se eliminara la mención de IVA y se incluyera la exención a las sociedades profesionales para que se tirara por la borda todos los principios de neutralidad de IVA. En efecto, según la OCDE (2011), en materia de impuestos al consumo, “La tributación debe buscar ser neutral y equitativa entre los distintos negocios. Las decisiones empresariales deben estar motivadas por consideraciones económicas más que fiscales”. La misma OCDE agrega: “Las empresas en situaciones similares que realizan transacciones similares deben estar sujetas a niveles de impuestos similares.”

Ahora, el receptor de un servicio profesional tendrá que preguntarle al prestador cómo está organizado para saber si la factura que le llegará, vendrá con un incremento del 19% extra. Por el mismo servicio, prestado por una sociedad de profesionales o un profesional solitario, será un 19% más barato. ¿Qué pasó con la neutralidad del IVA o simplemente estamos en presencia de un nuevo tipo de impuesto?

Actualmente se tramita un proyecto de ley que viene a modificar el actual sistema tributario de integrado a uno dual, se incluye un impuesto a los grandes patrimonios y se incorpora un impuesto patrimonial corporativo a las utilidades diferidas, entre otras importantes transformaciones. Grandes efectos jurídicos que escapan del meramente tributario se espera que produzcan estas mutaciones, cuyos alcances institucionales, migratorios y económicos no se han sopesado de manera prudente.

Tal como el aleteo de una mariposa en Chile podría producir un ciclón en Malasia, así cambios normativos en materia tributaria generan movimientos que favorecen a algunos y perjudican a otros. En materia de IVA está claro que se afectó la neutralidad tributaria; quién sabe qué movimientos producirá la reforma tributaria actualmente en tramitación.

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