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Abril 7, 2025

Democracia Viva: Las razones de la Corte Suprema para desaforar a la diputada Catalina Pérez (ex FA)

Ex-Ante
Imagen: Agencia Uno.

Por unanimidad, la Corte Suprema decidió confirmar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que en febrero pasado decidió quitar el fuero parlamentario a la diputada Catalina Pérez (ex FA). Con esta decisión, la Fiscalía podrá formalizarla por fraude al fisco en el caso Democracia Viva y pedir medidas cautelares.


Por qué importa. Este lunes, la Corte Suprema decidió confirmar el desafuero de la diputada Catalina Pérez (ex FA) decretado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta el pasado 20 de febrero en el marco de las indagatorias por el caso Democracia Viva, la arista madre del caso Convenios.

  • Con esta decisión del máximo tribunal, la Fiscalía tendrá el camino despejado para medir cautelares en su contra en la formalización de cargos por tres delitos de fraude al fisco, que corresponden a los tres convenios suscritos en 2022 entre la secretaría regional ministerial (seremi) de Vivienda de Antofagasta y la fundación Democracia Viva, ligada al partido Revolución Democrática (FA) —hoy subsumido en el FA—, por un total de $426 millones.
  • La medida cautelar que solicite la fiscalía podría alcanzar la prisión preventiva.
  • Pérez se convirtió en la segunda diputada en perder su fuero parlamentario en el Caso Convenios. El primero fue el diputado Mauricio Ojeda (independiente y exintegrante de la bancada de Republicanos), imputado por favorecer la suscripción de contratos por $730.240.000 con el Gobierno Regional de La Araucanía. Tras estar preso tres meses, la semana pasada el tribunal accedió a cambiar su medida cautelar por arresto domiciliario.

Decisión unánime. Pasadas las 17:15 horas, la vocera de la Corte Suprema, Soledad Melo, informó que “atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo en consideración que las alegaciones vertidas tanto en el recurso de apelación como en estrado no desvirtúan lo que viene decidido, se confirma la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta de fecha 20 de febrero de 2025 que dispuso a hacer lugar a la formación de causa en contra de la diputada señora Catalina Pérez Salinas. La decisión fue adoptada por la unanimidad de los integrantes del Tribunal Pleno”.

Qué dijo la defensa. Los abogados de la parlamentaria, Gonzalo Medina y Sebastián Dal Pozzo, emitieron una declaración en que plantearon que “este fallo no implica culpabilidad. Su consecuencia es que la diputada se ausentará de la Cámara y, en materia penal, como siempre lo ha hecho, seguirá colaborando en la investigación que lleva adelante la Fiscalía”.

  • “Ratificamos nuestra convicción de que la diputada es inocente y que jamás ha cometido el delito de fraude al fisco”, añadieron los defensores.

El rol de Pérez. La fiscalía pidió desaforar a la diputada por estimar que participó de la gestación de los convenios suscritos entre Daniel Andrade, su pareja de la época y presidente de Democracia Viva, y el entonces seremi de Vivienda de Antofagasta, Carlos Contreras, quien había sido su jefe de gabinete.

  • A esto sumó presuntas acciones para encubrir que la fundación carecía de experiencia en el área de campamentos (objeto de los tres convenios suscritos), desligarla del escándalo y simular que Andrade había salido de la dirección de la entidad.
  • Entre las pruebas presentadas estaban chats entre Pérez y Andrade, como uno enviado por la parlamentaria el 20 de junio de 2023, a propósito del departamento de Ñuñoa que usaron como dirección de la fundación, en que dijo: “Creo que deberían, si es que no han ido a grabar, ponerle un logo de DV (Democracia Viva) en la puerta. Que haya una oficina habilitada dentro de la casa o cosas así”.

Qué dice la sentencia confirmada. La sentencia del 20 de febrero fue unánime y careció de voto disidente. En la resolución, la Corte de Antofagasta planteó que los argumentos esgrimidos por la defensa debían ser resueltos en un juicio y no en esa instancia, por lo que los rechazó.

  • “Los hechos referidos en la solicitud de desafuero tienen el carácter de los delitos que se imputan y concurren indicios que dotan de plausibilidad la existencia de los mismos, así como una potencial participación de la diputada en los hechos que se investigan, debiendo, en definitiva, ser los jueces del fondo quienes establezcan la acreditación o no del delito y de la responsabilidad que se atribuye a la mencionada parlamentaria en los mismos, luego de apreciar toda la prueba en conjunto, incluidos nuevos antecedentes que puedan recopilarse en la investigación formalizada”, dijo la resolución.
  • El tribunal validó, entre otros elementos, el conflicto de interés que presentaba la relación de los protagonistas de la historia: el presidente de Democracia Viva Daniel Andrade era pareja de Pérez y el secretario regional ministerial (seremi) de Vivienda de Antofagasta Carlos Contreras —su contraparte estatal en los contratos firmados en 2022— había sido su jefe de gabinete.
  • Según la resolución, los antecedentes “otorgan una secuencia preliminarmente lógica de intervención de la diputada en hechos previos y posteriores a la suscripción de los tres convenios fiscales aludidos”.
  • Respecto a los nexos entre los imputados, sostenía que “(ésta) se construye sobre la base de los vínculos de ésta con los imputados Sr. Andrade y Sr. Contreras y que, de acuerdo a las conclusiones extraídas de los informes policiales y las conversaciones sostenidas mediante mensajería de WhatsApp, especialmente entre la diputada y el Sr. Andrade, presidente de la fundación que se adjudica dichos tratos fiscales, permiten dotar de razonabilidad a la imputación del Ministerio Público en cuanto a la existencia de algún tipo de intervención”.
  • Sobre la posible intervención de Pérez, la resolución afirmaba que “una serie de antecedentes dan cuenta de su intervención directa para, primero, aparentar que la fundación cumplía los requisitos necesarios y para que los otros involucrados asumieran exclusivamente la responsabilidad por la suscripción de los convenios de transferencia de fondos, dejándola fuera de toda responsabilidad, incluso dando directrices de cuál deberían ser el discurso común para tales objetos”.
  • “Resulta relevante en este aspecto que estos últimos antecedentes, si bien posteriores a la suscripción de los convenios, informan el pleno conocimiento de la diputada Pérez en las diversas irregularidades concurrentes, asumiendo claramente un rol de liderazgo, elaboración y dirección en las distintas acciones”, dice la sentencia de febrero.

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