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La verdadera herencia comienza antes de la sucesión. Por Macarena Letelier

Socia Valtin Consulting

No se trata únicamente de proteger empresas y su valor. Se trata de preservar el  legado de quienes dedicaron su vida a construirlas y, sobre todo,  las relaciones familiares que permitirán que ese legado continúe en las siguientes generaciones.


En un país que necesita volver a crecer, solemos mirar las reformas tributarias únicamente desde su impacto en la recaudación. Sin embargo, existen  normas e incentivos que pueden generar un efecto mucho más profundo: mejorar la forma en que las empresas familiares planifican su futuro, reforzando las confianzas y previniendo conflictos entre sus integrantes.

Chile enfrenta hoy un fenómeno ya no tan silencioso. Empresas familiares están ingresando a la segunda y tercera generación, en un escenario de bajo crecimiento, márgenes estrechos y mayores exigencias competitivas.

Paradójicamente, muchas de ellas no sólo enfrentan riesgos financieros o patrimoniales que pueden llevarlas a desaparecer, eliminando puestos de trabajo a su paso,  sino también debilidades en su  gobernanza y en la planificación de  sus procesos de sucesión.

La propuesta que contempla el Proyecto de Ley de Reconstrucción (boletín 18.216-05) en materia  de donaciones establece, por un período acotado, una rebaja del impuesto a las donaciones, lo que constituye a todas luces una oportunidad para profesionalizar la planificación patrimonial de las empresas familiares.

El beneficio  es por única vez, respecto de cada donante, del 50%.  Se libera del trámite de insinuación judicial, debiendo otorgarse mediante escritura pública, suscrita dentro de 1 año a contar del primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley.

Los cambios introducidos a la fecha, respecto a la norma original contenida en el mensaje, dicen relación con: el límite de la donación que se redujo del  75% a 50% del patrimonio del donante, el beneficio deja de ser general respecto de donaciones familiares y pasa a limitarse a legitimarios y asignatarios de cuarta de mejoras, salvo que no lo haya, y se incorporó un procedimiento tributario completo (declaraciones juradas, control del SII, procedimiento notarial y normas de fiscalización), entre otros elementos que contempla el proyecto actualmente en segundo trámite legislativo en el Senado.

La experiencia nos muestra que los conflictos sucesorios no distinguen el tamaño de los patrimonios y, por lo general, comienzan por expectativas que se ven frustradas.

La incertidumbre respecto de las decisiones del fundador trae aparejadas percepciones de desigualdad, ya sea por los porcentajes de propiedad, administración y/o control que no se trabajaron oportunamente. Como señalan los Principios de Gobierno Corporativo del G20/OCDE, aunque fueron concebidos para sociedades abiertas, sus principios resultan plenamente aplicables a las empresas familiares. Transparencia, reglas claras, la protección equitativa de los propietarios y la prevención temprana de conflictos deben ser parte de las políticas de  una buena gobernanza.

Es precisamente ahí donde esta norma transitoria adquiere un significado que trasciende lo  tributario. Donar en vida obliga a conversar,  a ordenar y a transparentar expectativas. También obliga a responder una pregunta que se evita durante años: ¿Cuánto vale realmente el patrimonio? ¿Qué liquidez tiene? ¿Se conoce el valor actualizado de aquello que se posee? Toda familia sabe cuánto tiene. Muy pocas saben realmente cuánto vale lo que tienen.

Con frecuencia se sigue hablando de empresas cuyo valor corresponde al de hace diez o quince años; de inmuebles registrados a valores históricos; de holdings cuya composición cambió completamente; de activos financieros, marcas o participaciones societarias cuya valorización nunca ha sido revisada técnicamente o que puede verse alterada ante la ausencia del fundador.

Cuando cada integrante construye mentalmente un valor distinto para el mismo patrimonio, el conflicto comienza mucho antes de abrir una sucesión. Actualizar periódicamente la valorización de los activos no constituye únicamente una buena práctica financiera; es una herramienta de gobierno corporativo y de prevención de conflictos.

Permite que todos los miembros de la familia comprendan cuál es realmente el patrimonio común, cómo está compuesto, cuáles son sus riesgos, qué parte corresponde al negocio operativo, cuánto depende de determinadas personas y cuál es el verdadero valor económico que se busca preservar.

Finalmente, para que exista una  percepción de justicia  debe existir un entendimiento compartido del valor real del patrimonio. Ello contribuye a prevenir futuros conflictos.

Por eso, quizás el mayor aporte de esta discusión legislativa sea abrir una conversación mucho más amplia sobre la forma en que las familias gobiernan su patrimonio. Protocolos familiares, políticas de dividendos, mecanismos de resolución temprana de conflictos, órganos de gobierno, reglas para incorporar nuevas generaciones y valorizaciones independientes deberían formar parte de una misma estrategia.

No se trata únicamente de proteger empresas y su valor. Se trata de preservar el  legado de quienes dedicaron su vida a construirlas y, sobre todo,  las relaciones familiares que permitirán que ese legado continúe en las siguientes generaciones.

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