Nueva ley de responsabilidad parental. El pasado 20 de mayo, entró en vigor la Ley N° 21.484 sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, que establece un mecanismo de pago de las deudas de pensiones alimenticias de forma permanente, con procesos de cobro más expeditos y eficientes, dado que entrega a los Tribunales de Familia la facultad de indagar en el sistema bancario y financiero el patrimonio activo de los deudores o alimentantes, y proceder a la retención de fondos, utilizándose primero aquellos que sean de más fácil liquidez para saldar la deuda.
Retención de fondos. Al 30 de septiembre de 2023 , las AFP han recibido 257 mil notificaciones de retención de ahorros voluntarios desde los Tribunales, asociadas al procedimiento especial. Por este concepto las AFP han concretado la retención de US$ 22 millones, asociados a 31 mil consultas con retención de deudores de pensión alimenticia.
Porcentaje destinado al pago. Dado que los recursos utilizados tenían un fin para la vejez, la ley determina ciertos porcentajes a utilizar de acuerdo a los años que le queden a la persona por jubilar.
Retiros de Fondos de Pensiones. Por orden de los Tribunales de Justicia, durante la pandemia y considerando los tres retiros que autorizó el Congreso se instruyó a las AFP a cautelar y retener los fondos susceptibles a ser retirados, y pagar los montos adeudados por concepto de pensiones de alimentos.
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