Panorama general. Tres leyes se han dictado para estabilizar los precios de la energía -que se encontraban congelados desde 2019- para los clientes regulados. Es decir, para todos los consumidores atendidos por las empresas distribuidoras. En las últimas semanas, el debate público ha estado centrado en las alzas que tendrán las cuentas de luz a raíz de la última de estas medidas. Se calculan aumentos de hasta un 60%.
Posible complicación para empresas distribuidoras. En el sector comienza a ser tema el que se dé un escenario en el cual el alza de las cuentas de la luz pueda afectar negativamente los resultados financieros de estas compañías.
Apoyo al subsidio. Producto de las complicaciones que podrían enfrentar las distribuidoras, estas compañías apoyan decididamente un subsidio robusto para los clientes, apostando a que menores cuentas ayudan a controlar la morosidad.
Precedente importante. Se consideran en mora a consumidores que tengan deudas impagas mayores a 45 días, pasando a ser clientes que están en condición de corte del suministro eléctrico. Durante la pandemia, se suspendió en la practica la facultad de las distribuidoras para cortar la luz a los clientes morosos.
Los casos de incobrabilidad. La efectividad del derecho a realizar un corte está dado por la capacidad de las empresas para poder realizarlo. Según conocedores del proceso, son muy comunes los casos donde -pasados los 45 días- las compañías van a la casa a realizar el corte e inmediatamente el cliente hace el pago.
Anuncio para subsidio. Con el objetivo de facilitar que los clientes vulnerables puedan regularizar su condición de morosidad en su cuenta eléctrica y que, de paso, esta no sea un obstáculo para que puedan optar al beneficio estatal de subsidio eléctrico, las empresas distribuidoras eléctricas asociadas a Empresas Eléctricas flexibilizaron aún más las condiciones especiales de convenios de pago para este segmento de usuarios.
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