Algo importante está por llegar

Tiempo restante
00 Días
00 Horas
00 Minutos
00 Segundos

Agosto 26, 2025

La UF en debate: ¿proteger al consumidor o restringir su libertad de elegir? Por Lucas Del Villar

Socio de Aninat Abogados

Modificar la legislación de manera tan disruptiva, sin un análisis técnico de sus efectos, no parece prudente. Antes de limitar la UF —un instrumento que ha dado estabilidad por décadas— conviene reforzar la fiscalización de cláusulas abusivas en contratos de adhesión a consumidores y mejorar la transparencia de la información, en vez de restringir opciones legítimas de contratación


La discusión de dos mociones parlamentarias que buscan prohibir el uso de la Unidad de Fomento en diversos contratos que celebran diariamente los consumidores, ha generado preocupación en autoridades económicas, gremios y consumidores. Si bien sus autores han retrocedido en la intención de hacer aplicable esta prohibición a los créditos hipotecarios, atendidas sus evidentes consecuencias negativas en el acceso al crédito, se mantiene en discusión la conveniencia de prohibir el uso de la Unidad de Fomento (UF) en contratos de prestación de servicios educacionales, de arrendamiento y de salud.

En Chile, existe plena libertad de precios. Las partes pueden pactar el valor de bienes y servicios, salvo límites específicos como la tasa máxima convencional en operaciones de crédito de dinero. También existe libertad para definir mecanismos de reajuste objetivos, como la indexación en UF o la revisión periódica de tarifas.

En los contratos de adhesión, estos pactos ya están sujetos a control judicial de equidad, que impide los incrementos de precios por servicios “salvo que dichos incrementos correspondan a prestaciones adicionales que sean susceptibles de ser aceptadas o rechazadas en cada caso y estén consignadas por separado en forma específica” (art. 16 letra b) de la Ley del Consumidor). El SERNAC, por su parte, dictó en 2021 una circular con pautas específicas para evaluar si una cláusula de reajuste resulta inequitativa o abusiva. En otras palabras, nuestro marco normativo ya contempla herramientas para resolver conflictos caso a caso.

La Unidad de Fomento, al igual que cualquier otro mecanismo de reajustabilidad, es usualmente objeto de preocupación para los consumidores, pues refleja los efectos de la inflación en sus presupuestos. Mientras, los proveedores de algunos servicios buscan legitimante indexar sus precios a la inflación a través de fórmulas de reajustabilidad de frecuencia diaria, mensual o anual, los sueldos se mantienen en pesos o, según el caso, son objeto de reajuste anual.

Este desacople es inherente a la inflación. Prohibir el uso de la UF no solucionará la inflación, ni impedirá la utilización de otros mecanismo de reajustabilidad diarios, mensual o anual, así como prohibir la reajustabilidad no impedirá que el riesgo inflacionario se incorpore en el precio por los proveedores. Lo anterior, no obsta a que los consumidores deben ser transparentemente informados del precio y su reajustabilidad, a fin de que tomen la mejores decisiones.

Eliminar la posibilidad de pactar en UF restringe la autonomía de las partes y la libre elección del consumidor. Incluso en contratos de mediano plazo —como arriendos, educación o salud—, la indexación en UF puede otorgar estabilidad, evitando renegociaciones frecuentes o precios iniciales inflados para cubrir riesgos inflacionarios futuros.

Además, hay sectores cuyos costos evolucionan de forma distinta a la inflación promedio, como la salud, donde los insumos pueden subir más rápido que el IPC. En estos casos, los proveedores suelen ofrecer contratos de mayor plazo con reajustes que aseguren la continuidad y estabilidad del servicio, en beneficio de ambas partes. Si se prohíbe la indexación en UF, es probable que el riesgo inflacionario se traslade al precio inicial, encareciendo las tarifas base o forzando renegociaciones frecuentes, con el consiguiente perjuicio tanto para consumidores como para proveedores.

Modificar la legislación de manera tan disruptiva, sin un análisis técnico de sus efectos, no parece prudente. Antes de limitar la UF —un instrumento que ha dado estabilidad por décadas— conviene reforzar la fiscalización de cláusulas abusivas en contratos de adhesión a consumidores y mejorar la transparencia de la información, en vez de restringir opciones legítimas de contratación.

Para más contenido After office, clic aquí.

 

Publicaciones relacionadas

Abogado y académico

Julio 27, 2026

La farsa de la “batalla cultural”. Por Álvaro Vergara

El guerrero cultural piensa, implícitamente, que el ciudadano es menos inteligente que él. Esa presunción lo lleva a convencerse de que posee la capacidad para transformar el pensamiento de los demás. A los ojos de estos sujetos, la ciudadanía sería una especie de rebaño influenciable, presa fácil de quienes buscan persuadirlos sobre cómo hay que […]

Directora del Centro Futuros Empresariales de la Escuela Negocios UAI

Julio 27, 2026

El mercado de capitales también se juega en el directorio. Por Magdalena Aninat

Si la preocupación es profundizar el mercado de capitales y mejorar el desempeño empresarial, la agenda debe avanzar hacia mecanismos que fortalezcan el valor del directorio como garante de confianza frente al mercado.

El Frente Amplio y la ensoñación estatista. Por Sergio Muñoz Riveros

La directiva del Frente Amplio en junio, durante su congreso ideológico. Foto: Agencia UNO.

Salvo por los tópicos y la jerga de este tiempo, el documento del congreso suena arcaico. La perspectiva que ofrece como novedosa está emparentada con el rudimentario anticapitalismo del FRAP en los años 50 y la Unidad Popular en los 60 y 70. ¿Qué idea tienen los líderes del FA de lo que es un […]

Presidente Instituto Libertad

Julio 26, 2026

El 1% que sostiene el crecimiento. Por Rafael Aldunate

No son el problema: son la semilla que multiplica. Cautelar a quienes poseen grandes empresas no es favoritismo, es responsabilidad. Si queremos un país próspero, debemos proteger el entorno que permite que la riqueza se cree, se mantenga y se reinvierta.

Ex-Ante

Julio 26, 2026

America First: el golpe arancelario de Trump a Chile. Por Ignacia Munita

Estados Unidos anunció nuevos aranceles para productos chilenos como salmones, vinos, madera y frutas. La medida podría reducir la competitividad de las exportaciones nacionales y confirma que, bajo la doctrina America First, las afinidades políticas no garantizan un trato comercial favorable.