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Mayo 10, 2023

Los puntos claves y los nudos de la ley corta de Isapres enviada por el gobierno al Parlamento

Jaime Troncoso R.

El gobierno ingresó este martes, con urgencia simple, el proyecto de Ley corta de Isapres que junto con dar cumplimiento a las sentencias de la Corte Suprema sobre la aplicación de la tabla de factores de las Isapre, del 30 de noviembre de 2022, que obliga a las Isapre a devolver los pagos en exceso, rebaja las cotizaciones de salud en un promedio $ 50 mil a 600 mil usuarios de las aseguradoras de salud, potencia las facultades de la Superintendencia de Salud y permitirá que usuarios de Fonasa puedan adquirir un seguro complementario para la atención en prestadores privados.


Cúmplase. El gobierno sostiene que “es indispensable” contar con una ley que permita dar el cumplimiento al fallo de la Corte Suprema del 30 de noviembre de 2022 obliga a las Isapres a devolver los “cobros excesivos” a sus afiliados y adecuar sus planes de salud.

Proyecto de Ley. La iniciativa contempla:

  • Establece facultades para la Superintendencia de Salud y condiciones que permiten que se cumplan los fallos con “carácter universal” y aborda las consecuencias que se derivan de del cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema y que afecten la continuidad del acceso a las atenciones de salud para los beneficiarios de Isapre.
  • Asimismo aborda el problema relativo al financiamiento de la salud, que podría afectar a las personas usuarias del sistema de salud, a los prestadores tanto público como privados, al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) y las Isapre.

Monto a pagar. Las Isapres deberán cancelar un monto de $ 1.121.615 millones, equivalente a US$ 1.415 millones por cobros calificados como “indebidos” por la Corte Suprema por la no aplicación universal de la tabla de factores de 2019.

Prorroga. La superintendencia de Salud presentó un escrito solicitando una prorroga de seis meses del plazo de cumplimiento del fallo para evitar la judicialización. Esto ya está en conocimiento de la Corte Suprema.

  • Es importante que la ley se aplique de manera “universal”, ya que el fallo de la Suprema apunta a las Isapre que tenían juicios en el Poder Judicial y existe una aseguradora (Esencial) que no tenía juicios por lo que quedaría excluida de las facultades que tendrá la Superintendencia.

Beneficiados. Esta medida beneficia a aproximadamente el 30% de los contratos, unos 580 mil aproximadamente, vigentes al mes de noviembre de 2022. La devolución se realizará a través de los excedentes y prestaciones de salud. No se entregarán recursos líquidos a los afiliados.

Rebaja en las cotizaciones. La aplicación del fallo de la Corte significará una reducción de las cotizaciones en un promedio de, unos $ 50 mil mensuales desde que se apruebe el proyecto y se publique, por parte de la Superintendencia de Salud, la circular correspondiente hacia el futuro.

Plan de devolución. Las Isapre tendrán seis meses para definir un plan de devolución de las deudas generadas ante la adecuación de los planes de salud que deberán presentar a la Superintendencia. Luego un consejo asesor independiente para la Superintendencia ayudará a revisar dichos planes y solicitar ajustes cuando corresponda, para lo cual contará con un plazo máximo de seis meses. De no llegar a acuerdo habrá un mes en que una comisión de expertos que definirá la diferencia.

  • Se establecen sanciones penales por conductas antieconómicas que puedan afectar el cumplimiento de la obligación del plan de devolución de deudas. Esto para evitar los incentivos de sacar utilidades a través de contratos o prestaciones a un costo mayor al valor de mercado.

Retención de utilidades. Las Isapre solo podrán hacer retiro de dividendos o distribución de utilidades si han pagado la totalidad de los montos percibidos en exceso, generados por la adecuación del precio final de sus contratos de salud y previa autorización de la Superintendencia.

Bajar judicialización. El proyecto apunta a disminuir la judicialización de la salud.

  • Faculta a la Superintendencia de Salud para determinar el precio que las Isapre cobren por las Garantías Explícitas en Salud.
  • Establece un orden de pago entre prestadores con cargo a la garantía que cada Isapre debe mantener.
  • Perfecciona el Índice de Costos de Salud (ICSA), y fijar dicho índice mientras esté pendiente el pago total de la deuda informada en el plan de devolución de cada Isapre.

Licencias médicas. Se fiscalizará de mejor forma la entrega de licencias médicas permitiendo reducir los costos generados por ellas. El gobierno destaca el avance lograda en este ámbito ya que se ha producido una baja significativa de las licencias en el último período.

Fortalecimiento Fonasa. Se crea la modalidad de cobertura complementaria para la libre elección de los usuarios de Fonasa.

  • Los 8,2 millones de cotizantes de Fonasa podrán contratar voluntariamente seguros privados intermediados por Fonasa que les permitirán acceder a los prestadores privados (clínicas, centros médicos, laboratorios y otros), con un pago directo.
  • Fonasa licitará este seguro en el mercado permitiendo competir a las compañías de seguros. NO obstante, la puesta en marcha será a través de un contrato directo.

Baja en la lista de espera. El gobierno estima que podría rebajarse la lista de espera con esta modalidad ya que se abre la posibilidad de los usuarios de Fonasa puedan elegir atenderse en prestadores privados.

¿Qué dicen las Isapre? Luego de dos meses en que la Asociación de Isapre saliera de la mesa de negoción y volvieran a conversar con la autoridad, el envío del proyecto de Ley ratifica que se debe cumplir un fallo de la Corte Suprema.

  • El ministerio de Salud revisó su propuesta en derecho pero se llegó a la conclusión que era inconstitucional. “Se debe hacer cumplir el fallo de un poder del Estado  y no lo podemos eludir ni mitigar”, dicen el Gobierno.
  •   Las Isapre podrían haber recurrido a un recurso de casación ante la Suprema pero hasta el momento no lo han hecho por lo que es el proyecto de ley el que resuelve el caso.

Discrepancias en el Gobierno. El intercambio de posturas en el comité político sobre el tema para encontrar una solución a este tema fue por “la viabilidad o no de la propuesta de las Isapre” la que se zanjó a través de un estudio en derecho que concluyó que ésta era inconstitucional.

Rol de la CMF. La presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero, Solange Berstein, aseguró que su entidad ha estado monitoreando el impacto de la industria de la salud en el sistema financiero local. “La CMF participa en el Consejo de Estabilidad Financiera  y analiza los riesgos en el sistema. Es un Comité permanente y hemos mirado la situación  de la Salud, medido su impacto directo y no vemos que haya un riesgo significativo sobre el sector financiero”, dijo ante una pregunta de Ex Ante.

Lea el Informe Económico del Proyecto de ley de Isapre elaborado por el Ministerio de Hacienda:

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