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Junio 27, 2025

Pago mínimo de tarjetas de crédito: una iniciativa positiva, pero insuficiente. Por Jorge Cayazzo

Socio Líder de Asuntos Regulatorios y Riesgo Financiero en Deloitte

Avances regulatorios recientes dan cuenta de una positiva y necesaria pulsión por parte de las autoridades en favor del desarrollo de la industria financiera. Destacan la ley de portabilidad financiera, la ley fintec, las finanzas abiertas, el registro consolidado de deudas, entre otras, a las cuales se suma ahora el pago mínimo de tarjetas de crédito. En la medida que la industria intensifique sus esfuerzos en materia de educación financiera, este tipo de iniciativas rendirán a plenitud los resultados esperados en beneficio de los usuarios del sistema financiero.


Recientemente la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió una normativa que establece un pago mínimo para las tarjetas de crédito. En simple, la normativa está orientada a establecer un pago mínimo que contemple la amortización completa del capital adeudado en un plazo de 24 meses.

Con ello, se busca limitar la posibilidad de que mediante un pago mínimo que solo considere la cancelación de los intereses del capital adeudado, o incluso menos, los clientes terminen acumulando deudas crecientes más allá de sus posibilidades en plazos razonables.

En palabras de la propia CMF, el objetivo es reducir y prevenir el sobreendeudamiento. Al respecto, en el informe normativo preparado por la CMF, en que se exponen las consideraciones que se tuvieron a la vista para esta iniciativa, se indica que a marzo de 2023 la carga financiera promedio de los deudores alcanzaba un 31.7%, cifra que se incrementa a 38.2% en el caso de las personas con ingresos mensuales inferiores a $500.000. Esta situación, señala el citado informe, se complica aún más cuando se analiza el sobreendeudamiento donde, en el mismo periodo, el 76.7% de las personas con ingresos menores a $500.000 se encontraba en esta situación.

Asimismo, según los datos recopilados por la CMF, para marzo de 2023 el 14% de los montos facturados por las tarjetas de crédito bancarias abonaban menos del mínimo exigido, mientras que en el caso de los emisores no bancarios la cifra ascendía a 54%.

Con todo, la preocupación de la CMF por el sobreendeudamiento de las personas es justificado. También lo es regular un pago mínimo que evite que las personas se endeuden más allá de sus reales posibilidades. Se trata en consecuencia de una regulación razonable y bien estudiada por parte de la CMF, pero en todo caso insuficiente si lo que se busca es limitar el sobreendeudamiento de las personas.

En efecto, por su naturaleza, esta iniciativa tendrá su mayor impacto en la oferta de crédito, la cual se verá limitada resultado de la imposición de un apetito por riesgo menor al que exhibían algunas entidades financieras reguladas por la CMF. En tanto, la demanda de crédito no necesariamente será afectada por esta iniciativa, toda vez que los factores que más directamente la afectan están asociados al nivel de educación financiera de las personas. Sabido es que, pese a los avances impulsados tanto por las autoridades como por las propias entidades reguladas, la educación financiera está al debe en nuestro país.

Avances regulatorios recientes dan cuenta de una positiva y necesaria pulsión por parte de las autoridades en favor del desarrollo de la industria financiera. Destacan la ley de portabilidad financiera, la ley fintec, las finanzas abiertas, el registro consolidado de deudas, entre otras, a las cuales se suma ahora el pago mínimo de tarjetas de crédito. En la medida que la industria intensifique sus esfuerzos en materia de educación financiera, este tipo de iniciativas rendirán a plenitud los resultados esperados en beneficio de los usuarios del sistema financiero.

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