El proyecto de ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias introduce varias modificaciones al Código Tributario que apuntan a otorgar mayores facultades de fiscalización al Servicio de Impuestos Internos (SII) para combatir la elusión y evasión fiscal, así como promover buenas prácticas de cumplimiento tributario al interior de las empresas.
En materia de Norma General Antielusión (NGA), una de las modificaciones más importantes es la incluida en el artículo 100 bis del Código Tributario, el cual establece la posibilidad de que el SII solicite al Tribunal Tributario y Aduanero la aplicación de una multa al contribuyente, equivalente al 100% de los impuestos eludidos, con un tope de 250 UTA, equivalente a $200 millones, cuando los actos o negocios jurídicos considerados como elusivos hayan sido diseñados o planificados por la mismo contribuyente o cuando esta no identifique al asesor que efectuó el diseño o planificación.
Asimismo, la ley establece la responsabilidad solidaria de los directores, representantes o administradores del contribuyente, ya sean estos personas naturales o jurídicas, que ejercían dichas funciones al momento de cometerse los actos calificados como elusivos, salvo que acrediten que cumplieron con sus deberes de dirección y supervisión, “en consideración a los estándares establecidos” en la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Por otro lado, el proyecto de ley introduce en el Código Tributario el concepto de sostenibilidad tributaria, con el claro objetivo de que las empresas adopten e implementen modelos de conducta que promuevan un buen cumplimiento tributario, lo cual se suma a las iniciativas del SII como la nueva versión de la Declaración Jurada 1913, que incluye tópicos sobre responsabilidad social tributaria, especialmente en materia de control de riesgos tributarios.
Así las cosas, resulta claro que tanto la nueva ley como las nuevas regulaciones del SII apuntan a que el gobierno corporativo tenga un mayor involucramiento en la estrategia tributaria de la empresa y, específicamente, en el análisis y aprobación de reorganizaciones y operaciones relevantes, debiendo cautelar que estas cumplan con la letra y espíritu de la ley, sin perjuicio de las legítimas diferencias de interpretación que puedan surgir con el SII.
Ante esto, es recomendable que los directorios promuevan una cultura de cumplimiento tributario al interior de la empresa mediante la implementación de un modelo de gestión que permita: i) identificar las operaciones o transacciones que impliquen riesgos tributarios, ii) establecer los protocolos y procedimientos para prevenir y mitigar dichos riesgos, y iii) determinar los responsables de aplicar tales protocolos.
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