La sobre-regulación suele generar imperfecciones de mercado que derivan en escenarios más complejos que los problemas originales. Un ejemplo de ello fue la intención tras la Tasa Máxima Convencional (TMC). Con ella se buscaba, por un lado, la protección al consumidor, mientras que, por otro lado, democratizar el acceso al crédito formal mediante la reducción de la tasa de interés de los préstamos. No obstante, el endurecimiento de ésta desde el año 2013 (Ley 20.715) terminó por excluir a los segmentos más riesgosos, dejándolos a merced del crimen organizado.
De acuerdo con la Encuesta Financiera a los Hogares del Banco Central (2024), el 6% de las familias recurre a préstamos informales. En este ámbito prolifera el “gota a gota”, un esquema de créditos rápidos ofrecidos por redes de extorsión. Operaciones como solicitar $400.000 para devolver $7.000 diarios durante 90 días representan un interés anual del 397%. Esta cifra constituye un delito de usura, al ser 10,7 veces superior a la Tasa Máxima Convencional (TMC) para montos menores a 50 UF, pero también expone a la ciudadanía a criminales violentos.
Atribuir este fenómeno exclusivamente a la falta de competencia resulta simplista. Los oferentes formales —bancos, retail financiero, cajas y cooperativas— deben cumplir estrictas normas de solvencia, infraestructura, liquidez y provisiones. Es por esto, que cuando un crédito se otorga a sujetos de alto riesgo, el costo de las provisiones absorbe cualquier ganancia potencial bajo los límites actuales de la TMC. Esto impide que la oferta legal compita con el mercado negro, empujando a microempresarios y personas vulnerables hacia bandas violentas.
Para erradicar a los prestamistas desde la vereda de la oferta, es imperativo avanzar hacia soluciones técnicas, aunque sean impopulares. Una de las estrategias más eficientes y efectivas dentro del marco normativo actual, radicaría en fragmentar las categorías de crédito actuales. Es decir, incorporar al menos dos nuevos segmentos en operaciones no reajustables a menos de 90 días, por ejemplo, uno hasta 20 UF y otro entre 20 y 50 UF, permitiendo en ambos techos de TMC más elevados.
Este cambio puede materializarse modificando parte de los cuerpos legales de las leyes 18.010 y 20.715 y también, idealmente, mediante nuevas normas de la CMF que, incluyendo otras variables, logren ajustar hacia arriba el cálculo de la tasa. Quienes se oponen a estos cambios – usualmente a través de argumentos morales o populistas – ignoran que su postura perpetúa la exclusión. La verdadera protección de los más vulnerables no reside en restricciones que suenan bien, sino en permitir que el mercado formal absorba a quienes hoy son víctimas de la delincuencia.
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— Ex-Ante (@exantecl) May 5, 2026
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